El control de los contenidos en internet suscita un gran dilema. Si las plataformas lo tienen que editar dejan de ser un servicio y empiezan a ser un medio
Llevamos unas semanas de 2023 entretenidos con las noticias que no cesan de aparecer en referencia a nuevas aplicaciones de tecnología. Muy especialmente las relativas a la inteligencia artificial, sus usos y su alcance. Mientras tanto, con una red cada vez más influyente y poderosa, hay batallas que pasan más desapercibidas pero que tienen o pueden llegar a tener gran trascendencia.

Francisco Cantón, gerente en CoE SAP de Ibermática an Ayesa company.
Internet se ha integrado de tal manera en nuestras vidas que ya comienza a ser casi invisible y, en la medida en que se filtra por todos los rincones, se abren debates que anuncian que llega el momento de dirimir todos estos retos en foros distintos a los puramente tecnológicos. Especialmente, en aspectos relacionados con fundamentos de la red. Elementos que han propiciado su espectacular desarrollo y que ahora cabe cuestionar.
En este sentido, ha venido a primera plana el debate abierto entre las grandes operadoras y los gigantes de la red acerca de la justicia en el reparto de costes entre los dos bandos. Quién está más o menos beneficiado por las regulaciones y su papel en el negocio de internet. Debate primordial con la neutralidad de la red de fondo.
Debate interesante también el que se abre a través de juicios que se están desarrollando en Estados Unidos. De fondo, la Sección 230 de la Ley de Decencia de las Comunicaciones. Dos ciudadanos han interpelado a la responsabilidad de gigantes de internet con respecto a contenidos que publican y se promueven a través de sus algoritmos. Se dice que la internet que conocemos se ha desarrollado a partir de las 26 palabras que componen esta Sección 230. Sin ella, todas las plataformas centradas en el contenido en internet serían responsables de aquello que alojan. Se trata de una ley de 1996, aprobada durante la presidencia de Bill Clinton. Pensada para el desarrollo de la red en un contexto diferente del actual. Se inspiró en un hecho de los años 50 en California. Un librero fue denunciado por vender un libro con contenido obsceno. Los jueces determinaron que el librero no podía leerse todos los libros que vendía. Por analogía, las grandes plataformas de internet no eran capaces de controlar todo los que sus millones de usuarios suben en cada momento en todo el mundo. No se les podría hacer responsables por ello.
En la sección se indica que “ningún proveedor o usuario de un servicio informático interactivo deberá ser tratado como el publicador o emisor de ninguna información de otro proveedor de contenido informativo”. Esta Ley nos ha protegido a todos. Publicada en momentos en los que controlar todos los contenidos se hacía impensable se cuestiona en pleno debate sobre la privacidad, seguridad, libertad y responsabilidad en internet.
Hoy se busca la posibilidad de extremar el cuidado sobre el contenido y existen herramientas para facilitarlo. Es cierto que se podría crear un serio problema. No todos los operadores estamos dotados de las capacidades técnicas y económicas para ejercer un control estricto sobre los contenidos que publicamos.
Además, creamos un dilema importante en el momento en el que se realizan acciones sobre los contenidos. Si las plataformas los editan de forma selectiva (amplificando, eliminando, ralentizando o acelerando su propagación) dejan de ser un servicio -como las operadoras- y empiezan a ser un medio -como la televisión-. La Sección 230 cuestionada.
Como cabe colegir, una encrucijada en un momento en que el aquello por lo que peleamos, la libertad de expresión, parece volverse en contra. Como siempre, la herramienta es neutral. Es su uso la que la convierte en arma mortal o en algo beneficioso.